
Crónica de jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, enero-abril 2026
Este trabajo analiza la adecuación del estándar tradicional de práctica concertada del art. 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) frente a la proliferación de algoritmos autónomos de fijación de precios basados en aprendizaje por refuerzo, los cuales posibilitan resultados supracompetitivos sin interacción humana ni intercambio explícito de información. El estudio pretende exponer el desajuste de naturaleza ontológica existente entre la arquitectura decisional de los sistemas de aprendizaje autónomo y los requisitos volitivos exigidos por la doctrina, lo que hace inviable la subsunción en las categorías jurídicas actuales en escenarios de autonomía plena. Con este fin, el trabajo lleva a cabo el desarrollo dogmático de una presunción iuris tantum como mecanismo procesalmente coherente. Por último, se recogen las principales conclusiones de la investigación acometida, en las que se argumenta cómo esta presunción, fundamentada en indicios técnicos verificables, debe desplazar la carga de la prueba hacia las empresas, exigiéndoles la acreditación de mecanismos auditables de compliance by design para desvirtuar la convergencia colusoria.
El proceso intergubernamental de toma de decisiones en la gobernanza económica de la Unión Europea promueve y consolida un elemento unitario de integración que dificulta la naturaleza de la integración de la UE como una federación de Estados previamente independientes. Esto impacta significativamente el modelo de financiación y gasto del presupuesto de la UE, así como la representación de la ciudadanía europea, que presenta deficiencias significativas. Cabe destacar que los resultados en estas áreas discrepan cada vez más de los resultados esperados por la ciudadanía europea, lo que explica fundamentalmente el déficit democrático percibido entre esta y la Unión. En consecuencia, es esencial fortalecer las credenciales democráticas en materia de financiación de la Unión. Para ello, analizo por qué la adopción de un impuesto directo sobre la renta de los ciudadanos de la UE, con cargo directo al presupuesto de la UE, es una vía menos imperfecta. Asimismo, la ciudadanía solo aceptará la democratización de los ingresos si cambia la naturaleza del gasto. Por lo tanto, se analiza un principio de generalidad para el gasto de la Unión que garantice que se requieran mayorías para aprobar el gasto que genere valor para todos los grupos de ciudadanos, indistintamente.
Este artículo examina la proyección externa de las fronteras inteligentes de la Unión Europea a través de la cooperación migratoria con Marruecos. Partiendo de la transformación del control fronterizo en un régimen de identificación digital basado en sistemas de información, interoperabilidad y datos biométricos, el estudio analiza si dicha racionalidad puede producir efectos jurídicos fuera del espacio institucional de la Unión. El artículo no presume la existencia de un acceso marroquí directo a las bases europeas ni de un flujo generalizado de datos biométricos. Propone, más bien, una cartografía jurídica de las formas intermedias de circulación informacional: transferencia directa, acceso mediado, comunicación puntual, asistencia técnica a la identificación y externalización funcional del control. Esta distinción permite evaluar, mecanismo por mecanismo, las exigencias derivadas de la Carta de los Derechos Fundamentales, del derecho europeo de protección de datos y de los principios de legalidad, finalidad, necesidad, proporcionalidad, supervisión independiente y recurso efectivo. El caso UE-Marruecos muestra así que la cooperación migratoria solo puede ser jurídicamente admisible si sus efectos informacionales permanecen identificables, limitados y controlables.
Este trabajo examina críticamente la histórica sentencia del Tribunal de Justicia del 21 de abril de 2026, Comisión/Hungría (valores de la Unión), que sanciona la legislación húngara anti-LGTBI de 2021. El análisis se estructura en torno a la doble dimensión del fallo: en primer lugar, la declaración de vulneración cumulativa de derechos fundamentales de la Carta y, en segundo lugar, la consagración del art. 2 TUE como parámetro autónomo y justiciable de control judicial. El artículo profundiza en los problemas de la configuración constitucional de este parámetro de control y las incertidumbres técnico-jurídicas derivadas de esta interpretación fundamental. Se evidencia la inacabada conformación constitucional de los valores de la Unión articulada sobre una posición prevalente del Tribunal de Justicia en tensión con el equilibrio del orden constitucional plural europeo.