
This article posits that the Hispano-American projects of the late 19th and early 20th centuries served a dual strategic purpose. On the one hand, they were a means of redefining Spain's relationship with its former American territories on new, culturally grounded terms. On the other hand, they were a deliberate strategy for repositioning Spain as a "civilized nation" within the state-centric order of international law. Drawing on conservative-Catholic, liberal-reformist, and internationalist approaches, these projects constructed an "imagined community" of shared language, religion, history, and legal institutions as a normative alternative to Anglo-American expansionism and as a vehicle for recovering Spain’s international prestige after 1898. Engaging critically with the extant scholarship on Hispano-Americanism, the article reinterprets these projects as components of a legally articulated counter-hegemonic project with a coherent normative architecture, moving beyond readings that reduce them to cultural nationalism or imperial nostalgia. The analysis is grounded in three fundamental pillars. First, the text examines the influence of conservative nationalism on the policy of strengthening links between Spain and the Hispano-American republics. Second, it analyzes the recovery of transatlantic relations through a liberal-reformist approach centered on educational and cultural cooperation, justice, and legal equality. Third, it assesses the role of international law in the Hispano-American project during the interwar period, focusing on Spain's self-construction as a "disinterested" mediator in the peaceful settlement of disputes. This was a counter-model to Anglo-American unilateralism. The article concludes with a reflection on the contemporary relevance of this transnational vision, arguing that Hispano-American values constitute a still-underexplored object of critical analysis whose recovery illuminates the structural tensions inherent in any counter-hegemonic project anchored in a particular civilizational tradition.
El control fiscal en Colombia ha experimentado transformaciones a lo largo del tiempo, lo que ha permitido su fortalecimiento, pero también ha evidenciado ciertas limitaciones, como el debate sobre si debe mantenerse como un control preventivo y concomitante, y sobre quién debe ejercerlo: únicamente la Contraloría General de la República o también las contralorías territoriales. Con base en esta premisa, el objetivo del artículo consistió en examinar la viabilidad de extender el carácter preventivo y concomitante a las contralorías territoriales, evaluando su compatibilidad con el diseño constitucional del control fiscal y su aporte al fortalecimiento de la autonomía territorial. Para ello, se recurrió principalmente a la revisión de literatura y normativa, con el fin de ofrecer una perspectiva histórica y jurídica sobre el origen y evolución del control fiscal en el país. Asimismo, se examinó el control preventivo y concomitante según lo dispuesto en el Acto Legislativo 04 de 2019, con el propósito de valorar la pertinencia de su extensión dentro del modelo colombiano, en aras de consolidar la autonomía territorial. La conclusión sostuvo que esta propuesta resultó adecuada, pues contribuyó a la descentralización sin implicar coadministración, ya que el objetivo esencial es emitir alertas que permitan prevenir riesgos y proteger los bienes y recursos del Estado.
El objetivo del artículo consistió en analizar la campaña presidencial de Andrés Ojeda en Uruguay (2024) a partir de una articulación entre la noción de “hiperpolítica” desarrollada por Peter Sloterdijk y el concepto de “ciudadanía vacía” formulado por Wendy Brown. Desde un enfoque hermenéutico, el trabajo examinó los discursos, intervenciones públicas y materiales digitales de la campaña, con el propósito de traducir el diagnóstico filosófico de Sloterdijk en dimensiones analíticas aplicables al estudio de caso. El análisis identificó un conjunto de rasgos, como personalización extrema, centralidad estética del discurso, desplazamiento de clivajes ideológicos tradicionales y protagonismo de plataformas digitales, que configuran una forma de hacer política centrada en el personalismo, en la construcción de imagen y en la apelación a identidades individualizadas. El artículo ofreció una operacionalización de la noción de hiperpolítica a partir de un estudio de caso, y la vinculó con transformaciones contemporáneas de la democracia. Sostuvo, asimismo, que la irrupción de Ojeda no solo expresó una estrategia electoral disruptiva en el escenario uruguayo, sino que constituyó una manifestación situada de dinámicas hiperpolíticas que inciden en la percepción y configuración del sujeto político. De este modo, el artículo contribuyó tanto a la discusión teórica sobre la hiperpolítica y la racionalidad neoliberal como al análisis de las mutaciones recientes del sistema político uruguayo en el contexto latinoamericano.
Tradicionalmente, los estudios de literatura comparada sobre Argentina describían a los intendentes como actores subordinados, tanto en lo fiscal como en lo político, frente a los gobernadores provinciales. No obstante, investigaciones recientes han mostrado que, en las últimas dos décadas, los intendentes han adquirido un papel más relevante dentro de las dinámicas intergubernamentales. En este marco, el artículo evidenció que las formas de interacción entre intendentes y gobernadores son diversas y dependen de factores como la afiliación partidaria y el carácter cooperativo o conflictivo de sus vínculos. Se sostuvo que, cuando la lógica del alineamiento partidario se rompe, la naturaleza de la relación (ya sea conflictiva o colaborativa) se explica en gran medida por la disponibilidad de recursos fiscales propios. En términos empíricos, la combinación entre la autonomía financiera municipal y las diferencias políticas preexistentes permite comprender la configuración de estos vínculos. Para ilustrar estas dinámicas, el trabajo realizó un análisis exploratorio comparado de ocho municipios de la provincia de Buenos Aires durante dos gestiones provinciales de distinto signo partidario (2011-2015 y 2015-2019). La investigación se apoyó en fuentes sobre los recursos fiscales de los municipios y complementa el análisis con una revisión de prensa nacional y local, así como de literatura secundaria.
Este artigo analisa criticamente as práticas de geo-pricing e geo-blocking a partir de seus impactos sobre os direitos fundamentais, a proteção do consumidor e a regulação digital, com enfoque comparado entre Brasil e União Europeia. Utiliza-se abordagem qualitativa, de cunho jurídico-dogmático e comparado, com análise de marcos normativos, jurisprudências e referências doutrinárias. Os resultados evidenciam que, embora o ordenamento brasileiro disponha de princípios capazes de coibir práticas abusivas, persistem lacunas regulatórias e ausência de resposta institucional articulada para enfrentar a geodiscriminação digital. Em contraste, a União Europeia apresenta um modelo mais estruturado, especialmente com o Regulamento (UE) 2018/302 e com a jurisprudência do Tribunal de Justiça da União Europeia, que estabelecem parâmetros objetivos de vedação à discriminação territorial injustificada. A partir dessa análise comparada, o estudo propõe a incorporação legislativa da vedação à geodiscriminação, o fortalecimento de órgãos reguladores e a promoção de litigância estratégica, à luz dos Objetivos de Desenvolvimento Sustentável da Agenda 2030.
En los códigos de ética suele exigirse a los abogados que actúen con honradez. En este trabajo se analizan los alcances de dicho mandato, que en apariencia aparta a los abogados del compromiso con los intereses de sus clientes. En la sección I se presenta este desafío. En la sección II se precisa qué debe entenderse por honradez. En la sección III se analiza la honradez como virtud y la manera en que puede operar en un contexto regido por la ética del rol. En la sección IV se depura el significado del deber de honradez, a partir de la regulación que el Código de Ética Profesional del Abogado establece para las interacciones del abogado con distintos participantes. En la sección V se estudia un caso de infracción a la regulación ética, interpretando el deber de honradez como una virtud profesional. Se concluye que la exigencia de honradez no se modela adecuadamente desde una lógica del seguimiento de reglas, pues obrar con honradez exige desplegar capacidades o habilidades que dependen de un registro interno del abogado acerca de cómo reaccionar en cada caso. Esto no significa que la honradez sea solo una aplicación específica de una virtud moral del abogado en cuanto sujeto. La exigencia es netamente profesional y no se dirige a las personas en su integridad.
En el inicio de un nuevo año editorial, también se proyectan nuevos desafíos para la revista, en particular para consolidar y profundizar su posicionamiento como referente en América Latina. En este contexto, resulta inevitable considerar los sistemas de medición internacionales, como el ranking Scimago, cuya evaluación continua sigue siendo un indicador relevante de visibilidad e impacto. Sin embargo, si en años anteriores alcanzar determinados niveles en estos rankings constituía el objetivo principal y, en cierta medida, una garantía suficiente de posicionamiento, hoy se advierte una comprensión distinta: el reconocimiento externo no puede sustituir el valor del trabajo editorial sostenido.
El artículo analiza la disputa sobre la procedencia de imponer multas a los proveedores que incorporan cláusulas abusivas en los contratos por adhesión regulados en la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y sostiene que la declaración judicial de nulidad es compatible con la aplicación de la multa residual prevista en el artículo 24 inciso 1° de dicho cuerpo normativo. Tras sistematizar el estado de la discusión doctrinal y jurisprudencial, el trabajo defiende que la incorporación de cláusulas abusivas configura una infracción a la Ley Nº 19.496, puesto que afecta derechos básicos de los consumidores y activa la imposición de la multa. Asimismo, se argumenta que la sanción pecuniaria cumple una función disuasiva indispensable para la eficacia del régimen de protección de los derechos de los consumidores. Por otro lado, se demuestra que la nulidad de las cláusulas abusivas no es conceptualmente una sanción, sino un mecanismo de privación de efectos jurídicos, por lo que no puede desplazar la multa residual. Finalmente, el trabajo explica cómo la aplicación de multas junto a la ineficacia de las cláusulas abusivas se alinea con los desarrollos regulatorios actuales en el derecho del consumo europeo.
La (Zivilprozeβordnung) alemana se remonta a 1877. La entonces (Civilprozeßordnung) se caracterizaba por la amplia libertad de las partes traducida en el principio dispositivo y aporte fáctico y probatorio, las audiencias como herramientas (con oralidad, concentración, inmediación y publicidad), así como por la libre valoración de las pruebas. Analizar de manera descriptiva y críticamente las particularidades de la digitalización de la justicia civil en Alemania que abarcó no solo el uso de la virtualidad, sino suma la estructuración de los procesos a partir del documento base. El interés de investigación empírica se centró en una investigación abierta sobre la idoneidad y uso práctica del documento básico. Se focalizó en los debates que en su momento se dieron sobre las audiencias virtuales y los requisitos básicos de respeto al debido y justo proceso. Luego se adentró en las bases procesales de la llamada estructuración del proceso (o diseño) sobre la base de un documento elaborado conjuntamente por las partes y el juez que sustituiría a la demanda y de acuerdo a la cual se fija la estructura y planificación del proceso, además de servir de marco decisorio del juez (principio de congruencia). El documento base fue utilizado positivamente en proyectos pilotos de los tribunales de justicia civil. Los datos empíricos cualitativos y cuantitativos hasta ahora fueron optimistas.
Este trabajo de investigación se ocupó de las medidas cautelares o de aseguramiento que significan la prisión preventiva del imputado, cuya responsabilidad penal no ha sido resuelta. Aun cuando varias voces críticas han cuestionado en Colombia la facultad judicial de imponer medidas de aseguramiento privativas de la libertad, por su contradicción con el principio de presunción de inocencia; este trabajo, que también repasó ese tema en forma breve, presentó dos novedades. La Primera, demostró que algunas de las causales que conducen a tales medidas cautelares no comportan una afectación a la presunción de inocencia. La segunda, prueba que otras causales son dignas de especial reproche por cuanto están soportadas en estimaciones peligrosistas, lo que no ha hecho parte de la corriente principal de cuestionamientos a la detención preventiva.
El estudio analizó el término “virreinato” tanto en la historiografía como en las fuentes documentales. Se partió de la hipótesis de que su uso como definición territorial para Nueva España y Perú es equívoco, pues las fuentes lo emplean con sentido gubernativo. Mientras la historiografía ha construido un concepto territorial vinculado a la excepcionalidad americana, las fuentes de los siglos XVI y XVII muestran un significado político-administrativo, coherente con la práctica terminológica de toda la monarquía. El trabajo se organizó en dos secciones: la primera examina la elaboración historiográfica del concepto territorial y sus traducciones; la segunda estudia el uso político del término en documentos de época. Las conclusiones subrayaron la necesidad de coherencia terminológica entre fuentes y estudios, y señalaron que la noción territorial de virreinato se inscribe en el mismo paradigma de excepcionalidad que la categoría colonial aplicada a los territorios americanos entre los siglos XVI y XVIII.
Este artículo analiza los determinantes de la percepción ciudadana de corrupción en Chile en base a evidencia de organismos fiscalizadores, utilizando las tres olas (2020-2024; N=30.561) de la "Consulta Ciudadana" de la Contraloría General de la República. Abordando la documentada brecha entre la alta percepción general de corrupción (72% en 2024) y la baja victimización directa (21% en 2024), los modelos logit binarios ofrecen hallazgos coherentes con la literatura internacional. En línea con la discusión teórica, las mujeres muestran una propensión significativamente mayor a percibir corrupción. Inversamente, y siguiendo la literatura revisada, un mayor nivel educativo (universitario y posgrado) la reduce. El estudio distingue el efecto de la experiencia, demostrando que la victimización directa (ser víctima) impacta más en la percepción que la testificación (ser testigo). A pesar de esto último, se concluye que la percepción en Chile es un fenómeno también moldeado por la exposición mediática a escándalos, y factores sociodemográficos, inclusive más que por la experiencia empírica personal (victimización y testificación).
The literature on judicial politics posits that powerful litigants, the "haves", tend to prevail in court. Nevertheless, the evidence regarding litigants' success remains inconclusive and is limited to a few advanced democracies and some in Latin America. This article tests the generalizability of extant arguments within the unexplored context of the Uruguayan Supreme Court of Justice (SCJ). Using an original database of the SCJ's decisions on the constitutionality of laws issued between 1989 and 2021, we explore the applicability of party capability theory and its extensions. The findings of this study indicate that the advantage held by those with greater resources is conditional on the issue at stake and is mostly limited to economic issues. These findings offer a nuanced understanding of party capability theory and extend its study to a previously unexplored case in the Global South.
El texto compara las nuevas reglas sobre protección de datos personales introducidas por la Ley N° 21.719, que reforma el marco jurídico chileno en esta materia, con el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (“GDPR”), con especial atención a la regulación de las decisiones automatizadas. A partir de un análisis detallado, se identifican diferencias significativas entre ambos regímenes, particularmente en lo relativo a nivel de participación humana y al grado de afectación del titular que ambas normas exigen para la aplicación de sus garantías. Asimismo, se examinan las divergencias en torno a la regulación del denominado derecho a una explicación. El legislador chileno se apartó deliberadamente de la redacción del artículo 22 del GDPR, al consagrar de forma explícita este nuevo derecho en el artículo 8 bis de la ley chilena. Sin embargo, la inclusión del derecho a una explicación plantea importantes desafíos técnicos y regulatorios, en particular respecto de su aplicación a sistemas algorítmicos o de inteligencia artificial. En este contexto, le corresponderá a la futura Agencia de Protección de Datos Personales de Chile desarrollar criterios interpretativos y directrices normativas que delimiten el alcance y contenido de este derecho emergente.
En este trabajo se analiza la validez de las cláusulas de vencimiento anticipado en los contratos por adhesión con consumidores en Chile, considerando el control de contenido previsto en el artículo 16 letra g) de la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores. A partir de un examen dogmático y jurisprudencial que integra el régimen de caducidad del Código Civil, la jurisprudencia de la Corte Suprema, la experiencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la Circular interpretativa del Servicio Nacional del Consumidor, se sostiene que la validez de dichas cláusulas requiere la existencia de una amenaza grave u objetiva al crédito y no puede fundarse en incumplimientos de escasa entidad. El estudio demuestra que la jurisprudencia chilena, que tradicionalmente había reconocido la validez de estas estipulaciones frente a cualquier incumplimiento, ha evolucionado hacia un estándar más estricto, concluyendo que la eficacia debe evaluarse a partir de criterios de proporcionalidad y conexidad, en coherencia con la buena fe objetiva y con el parámetro normativo del artículo 1496 del Código Civil.
Este trabajo presenta una investigación cualitativa realizada con magistrados de los tribunales superiores de justicia chilenos, centrada en el uso de nuevas tecnologías neurocientíficas como prueba pericial. El estudio busca observar el impacto que tienen las concepciones de los jueces sobre estas nuevas tecnologías en su aplicación efectiva como medio de prueba, especialmente en el ámbito pericial; es decir, explicar los comportamientos judiciales en esta materia. En particular, se pretende responder la pregunta de si la acelerada recepción normativa del saber neurocientífico ocurrida en Chile tras la reforma constitucional sobre los neuroderechos, guarda una correlación efectiva con el uso de la prueba pericial neurotecnológica. La investigación se basó en entrevistas en profundidad realizadas a un grupo seleccionado de magistrados de la Corte Suprema, de las Cortes de Apelaciones y del Tribunal Constitucional Chileno, analizadas conforme a la metodología de la teoría fundamentada.
La sentencia analizada rechaza una demanda de terminación de contrato con indemnización de perjuicios, al estimar que el contratante que ejerció la facultad contractual de terminación unilateral ad nutum no cometió abuso, dolo, ni obró de mala fe. Se destaca que este estándar resulta preferible al de exigir la comprobación de un “motivo racional y justo” para ejercer dicha facultad contractual, criterio presente en una línea jurisprudencial previa.
Este estudio analiza, a partir de la revisión documental de investigaciones previas —principalmente del repositorio de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno (UNAP)—, las características, la legitimidad y la eficacia de la justicia comunal ejercida por las rondas campesinas en los Andes del sur peruano, específicamente en la región de Puno. Se plantea que esta forma de justicia se caracteriza por su orientación pacificadora, su naturaleza educativa, su accesibilidad y su capacidad para resolver conflictos de manera rápida, sencilla y cercana a la realidad local. En cuanto a su legitimidad, esta se sustenta en la profunda conexión con la cosmovisión andina y el sentido de pertenencia que genera entre los comuneros, quienes reconocen en las rondas una autoridad legítima basada en la cohesión social y en normas compartidas. La eficacia del sistema se evidencia en el alto grado de cumplimiento de los acuerdos alcanzados, impulsado no por coerción externa, sino por mecanismos de presión social, autoridad moral y participación colectiva. Entre los principales aportes del estudio se encuentra la identificación de un modelo de justicia alternativo al estatal que no solo contribuye a la resolución efectiva de conflictos locales, sino que refuerza la estabilidad social y la gobernanza comunitaria. Además, la justicia comunal promueve la reintegración del infractor, evita la impunidad, desincentiva la violencia y refuerza el tejido social sin necesidad de recursos formales como cárceles o policías, lo que la convierte en una expresión legítima de pluralismo jurídico en contextos rurales y culturalmente diversos.
El presente artículo realiza un estudio exploratorio de la jurisprudencia chilena en materia de Derecho de Familia que aborda el tratamiento de las relaciones de parentalidad de personas con discapacidad. La investigación sistematiza los fallos encontrados en torno a tres temas: alimentos, adopción y cuidado personal. El análisis permite advertir el uso concreto que los tribunales dan a la discapacidad como elemento en sus decisiones, así como la superación de prejuicios históricamente establecidos, entre ellos, la idea de que las personas con discapacidad son incapaces de asumir roles de cuidado. En la actualidad, se observa una tendencia hacia la discapacidad como un elemento neutral. Sin embargo, esta posición presenta el problema de que el Estado, — incluidos los tribunales de justicia—no pueden asumir un rol pasivo frente al derecho de las personas con discapacidad a disfrutar de los derechos relacionados con la parentalidad en igualdad de condiciones que los demás.
El trabajo examina la medida de supervisión de la persona jurídica introducida por la Ley de Delitos Económicos. Se analiza si dicha herramienta de orden estructural, en los términos que fue consignada por la ley — como pena, condición para la suspensión condicional del procedimiento y medida cautelar — promueve el proceso de autorregulación de las entidades. En esta línea, primero se realiza un estudio dogmático de la institución en términos generales, explicando los motivos que tuvo el legislador para su inclusión dentro del catálogo de sanciones y por qué fue seleccionada frente a la sanción de intervención judicial. A continuación, se examina la medida de supervisión desde la triple identidad aludida, observándose en cada una de sus tres identidades aspectos de la regulación positiva que favorecen la correcta gestión de riesgos penales. Asimismo, se identifican deficiencias normativas que podrían perjudicar el proceso de autorregulación de las organizaciones.