
El presente ensayo analiza los efectos jurídicos derivados de la entrega incompleta de una fuente tipográfica en los contratos de licencia. Para ello, se parte de una delimitación técnica del objeto contractual, se examina la estructura jurídica del contrato de licencia de fuentes, se revisa el régimen de obligaciones aplicable a la entrega del bien conforme al Código Civil peruano, y se estudian las nociones de parte integrante y accesorio a partir de una lectura sistemática y comparada. Finalmente, se propone una tipología de supuestos de omisión en la entrega de componentes de la fuente tipográfica y se identifican los posibles efectos jurídicos que estos pueden generar según lo previsto en el Código Civil. El objetivo del ensayo es determinar si toda entrega incompleta de una fuente tipográfica configura necesariamente un incumplimiento o un cumplimiento irregular del contrato.
Desarrollo de la tecnología, relación con la aplicación y el control de la Inteligencia Artificial han surgido diversas preguntas legales. Por este motivo, existen problemas que han generado una preocupación tanto en los círculos legales como en los técnicos. La Inteligencia Artificial puede crear su propio texto, imágenes y sonido con poca intervención humana y esto traerá cambios en la ley de propiedad intelectual. Por este motivo, aún no se ha establecido cómo puede protegerse una obra producida por máquina. En este orden de ideas se puede resaltar lo mencionado en el artículo 671 del Código Civil Colombiano, y la Ley 23 de 1982; por ello, se ha planteado un desafío en el contexto IA, donde la autoría no se demuestra de forma evidente. Metodología: enfoque de investigación cualitativo, realizando un análisis jurisprudencial, normativo, doctrinal nacional e internacional, método análisis- crítico, el diseño fenomenológico. Se concluye; que es necesario ajustar el sistema legal existente para adaptarse al desarrollo tecnológico, no solo fomentar la innovación y asegurar un trato justo a todas las partes con un entorno saludable que fomente el desarrollo digital sostenible.
La investigación que se presenta a continuación tiene como propósito central examinar de qué manera opera en la práctica colombiana la excepción al principio de especialidad en la protección de las marcas notorias. Se parte del supuesto de que la Superintendencia de Industria y Comercio ha venido aplicando criterios diferenciados según las particularidades de cada expediente, lo cual genera cierta incertidumbre respecto del verdadero alcance de esta figura jurídica. El trabajo incorpora no solamente el análisis de resoluciones administrativas nacionales, sino también aportes doctrinarios provenientes de jurisdicciones como Estados Unidos y la Unión Europea, donde el fenómeno de la dilución marcaria ha sido objeto de intensos debates académicos y jurisprudenciales durante las últimas décadas. Entre los hallazgos más relevantes destaca que factores como la distintividad originaria de la marca, su carácter único dentro del registro de propiedad industrial, la intensidad con que reproduce o imita la marca anterior, y el grado de penetración en el mercado constituyen variables que la autoridad administrativa colombiana pondera al momento de decidir si procede o no extender la tutela más allá de los límites tradicionales del sistema marcario.
En este trabajo realizamos un estudio comparativo de la legislación de países latinoamericanos sobre patrimonio cultural inmaterial y sobre propiedad intelectual, para identificar semejanzas y diferencias, fortalezas y debilidades, incongruencias, vacíos normativos y potenciales conflictos. Este estudio comparativo tiene una finalidad que trasciende la investigación jurídica y teoría general del derecho, pues pretende efectuar un aporte que allane el camino para concretar un acuerdo internacional sobre propiedad intelectual sui generis para manifestaciones culturales.
En la actualidad, la imagen ocupa un lugar cada vez más relevante tanto en el mercado como en los medios digitales. En ese contexto, este escrito se propone analizar los límites del derecho marcario: ¿es legal registrar el rostro de una persona como una marca comercial? A través de un análisis comparado entre la jurisprudencia europea, anglosajona y el sistema andino de propiedad intelectual, se explora la viabilidad jurídica de convertir una imagen facial en un signo distintivo legalmente protegido. El estudio examina cómo confluyen el derecho a la imagen como derecho fundamental, el régimen de derechos de autor y las exigencias del derecho marcario, concluyendo que, bajo ciertas condiciones, es posible registrar un rostro humano como marca en Colombia. Así se abre paso a una interpretación flexible y moderna del derecho, donde la identidad puede adquirir valor comercial sin sacrificar la dignidad ni los derechos del titular.
Este artículo analiza la doctrina militar del Ejército Nacional de Colombia como un sistema estructurado de producción, organización y transmisión de conocimiento estratégico que opera como arquitectura cognitiva de la seguridad estatal. A partir de un enfoque institucionalista y de teoría de políticas públicas, se examina la tensión entre la solidez doctrinal –reconocida internacionalmente– y su integración fragmentada en los procesos internos de formulación de política pública. El estudio problematiza la disonancia entre política de Estado y política de gobierno, evidenciando cómo los cambios paradigmáticos en seguridad pueden debilitar la continuidad estratégica cuando no dialogan con el conocimiento acumulado. Se argumenta que la doctrina militar constituye un activo inmaterial estratégico del Estado colombiano, sustentado en producción bibliográfica sistemática, aprendizaje institucional y adopción de tecnologías blandas de medición científica, como instrumentos psicométricos y modelos de evaluación organizacional. Finalmente, se propone que el principal desafío no es doctrinal sino de gobernanza: articular experticia y decisión política para fortalecer la coherencia, soberanía y legitimidad en la política de seguridad y defensa.
¿Puede un robot inteligente heredar propiedad intelectual? La relevancia de esta pregunta radica en que el primero de agosto de 2024 entró en vigor la primera normativa mundial sobre inteligencia artificial: la Ley de IA de la Unión Europea (UE 2024/1689). El artículo compara el estado actual de la protección de los derechos de propiedad intelectual humana en relación con la IA, según las leyes de patentes de la Unión Europea, Hungría, Suiza, Sudáfrica y Arabia Saudí. La pregunta de investigación es: ¿qué ocurre si la invención del inventor no puede patentarse porque no es un producto intelectual humano, sino el resultado de la actividad autónoma de la inteligencia artificial que interviene? ¿Están adecuadamente garantizadas la herencia y la sucesión de la propiedad intelectual en virtud del Reglamento sobre IA cuando esta interviene en el proceso creativo? ¿Quién hereda los derechos de propiedad intelectual y los beneficios? Hace unos años, estas preguntas habrían parecido ciencia ficción, pero hoy en día los robots inteligentes pueden gozar de derechos constitucionales iguales a los de los seres humanos: El futuro no es mañana, el futuro es hoy.
El estudio de la acción reivindicatoria en materia de propiedad industrial dentro del marco de la Decisión 486 de 2000 adquiere una especial relevancia en el presente momento histórico, al cumplirse veinticinco años de su entrada en vigor y evidenciarse, a través de la experiencia comunitaria andina, y particularmente en Colombia, que su aplicación práctica ha sido limitada, irregular y, en no pocos casos, insuficiente para garantizar la restitución efectiva de la titularidad a quien demuestra ser verdaderamente el autor, diseñador o creador de la invención, del diseño industrial o del signo distintivo. Pese a que la referida acción fue confeccionada en principio como un mecanismo idóneo para subsanar desviaciones en el registro y para corregir actos de apropiación indebida –ya sea por fraude, abuso de confianza, violación de deberes contractuales o comportamientos de mala fe–, lo cierto es que su capacidad para materializar la finalidad restitutoria ha estado condicionada por vacíos normativos, tensiones competenciales y ambigüedades interpretativas que han desdibujado su eficacia, y cuanto más cuando la norma dispone como solución la cotitularidad.
El presente artículo examina críticamente la figura de las licencias obligatorias en el derecho de la propiedad industrial como un mecanismo excepcional que limita los derechos exclusivos derivados de las patentes. A partir del análisis del Acuerdo sobre los ADPIC, la Decisión 486 de la Comunidad Andina y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, se estudian los fundamentos normativos, las causales de otorgamiento y los requisitos sustantivos y procedimentales que condicionan su procedencia. El trabajo desarrolla la distinción entre licencias voluntarias y licencias obligatorias, destacando que estas últimas constituyen una limitación al derecho de patente, cuya aplicación está supeditada al cumplimiento estricto de causales taxativas, tales como la falta de explotación, las razones de interés público, emergencia o seguridad nacional, las prácticas anticompetitivas y la dependencia de patentes. Asimismo, se examinan los estándares de interpretación restrictiva derivados de los artículos 30 y 31 del ADPIC y de las interpretaciones prejudiciales del TJCA. Desde una perspectiva comparada, se analizan experiencias en India, Brasil, Ecuador y Colombia, con especial énfasis en el caso del Dolutegravir, evidenciando los riesgos de desnaturalizar la figura como instrumento de control de precios y sus efectos sobre la seguridad jurídica, la inversión y los incentivos a la innovación.
Currently, a debate has begun on the economic rights of data regarding the processing of their personal data. This debate is particularly relevant in the digital environment, which strongly relies on analytics and flow of personal information to support a large part of its operations. In this sense, this paper aims to explain how multi-sided platforms work, with a particular focus on those based on a subsidized model, and their relation with the processing of personal data. It will also propose the minimum characteristics and elements that a personal data usage agreement should include, which represent the legal title that would enable the compensation of the data subjects for the processing of their information. It will also identify the possible challenges that the subscription of this type of agreement could pose for the right to revoke the authorization and request the deletion of the data subjects' information.
Trademark trolling distorts the purpose of the trademark system by turning registration into a tool of strategic pressure rather than a means of fair competition. Those engaging in this practice accumulate distinctive signs without genuine intent to use them, seeking economic advantages through intimidating litigation, disproportionate licensing, or blocking competitors. Although such registrations formally meet the requirements of registrability, their speculative nature undermines core principles such as good faith, the social function of law, and free competition. Thus, the trademark register -designed to foster innovation and business differentiation- becomes an artificial barrier to market entry. This phenomenon reflects the abuse of rights, understood as the distorted exercise of a legal prerogative contrary to the purposes that justify its recognition. Its spread exposes regulatory gaps and highlights the need for objective criteria to identify applications filed in bad faith or with obstructive intent. In this context, strengthening mechanisms such as cancellation for non-use and promoting a teleological interpretation of trademark law are essential to preserve its legitimacy and ensure a balanced economic environment.
In the contemporary digital environment, brands face increasing challenges regarding reputation and legal protection, particularly when controversies arise that mobilize audiences through social media. The case of Frisby Colombia, involved in a legal dispute with Frisby Spain over the registration of its trademark in the European Union, illustrates how litigation can trigger substantial supportive reactions on digital platforms. Therefore, this study examines how discursive, symbolic, and brand-related factors influence digital engagement. An empirical-quantitative approach was employed, consisting of collecting 246 Instagram posts under the hashtag #YoApolloAFrisby and coding them according to message tone, brand defense, distinctive signs, national symbols, timing, and number of followers. The main findings indicate that relational and supportive messages, brand defense strategies focused on originality and denunciation, the use of the brand's distinctive signs, elapsed time, and the number of followers all contribute to greater social media interaction.
The protection of the geographical origin of products has gained increasing relevance in recent decades, driven both by market transformations and by the evolution of consumer expectations, progressively overcoming the previously fragmented regulation in this area. In contrast to the standardization of global supply, products linked to a specific territory represent not only a guarantee of authenticity and differentiated quality, but also an expression of cultural identity and commitment to the environment. In this context, sustainability emerges as a dimension that transcends the commercial aspect, connecting geographical origin with production models that are sustainable in environmental, social, and economic terms. The European Union has progressively incorporated this perspective into the legal framework of protected designations of origin and protected geographical indications, reinforcing their role as tools for territorial cohesion and ecological transition. Regulation (EU) 2024/1143 on geographical indications for wine, spirit drinks and agricultural products explicitly acknowledges this function, allowing product specifications to include verifiable sustainable practices. This normative evolution responds not only to market demands, but also to a broader vision of territorial development. This paper analyses that process and examines the case of the province of Alicante as a paradigmatic example of anticipation of current standards in sustainability and geographical origin protection.
Non-traditional trademarks have emerged as innovative tools to create distinctiveness among consumers. According to the Colombian Trademark Office (cto), these marks attract attention through senses other than sight, fostering unique brand identities; scent marks are among the most prominent. Scent marks enable brands to position themselves by linking a particular aroma with commercial origin. Yet scent is inherently subjective: aromatic compositions vary with climatic and chemical conditions, and individual perception differs. Although several jurisdictions recognize and register scent marks, Colombia still lacks practical mechanisms. This article examines why scent marks remain unregistrable under Colombian law and evaluates the challenges registration would pose in practice. It analyzes the cTo's current stance, doctrinal and regulatory constraints, and evidentiary barriers such as representation, distinctiveness, and non-functionality. Complementing the legal analysis, this article incorporates field research on brands that use fragrances in marketing and could potentially seek scent trademark protection. The study concludes by discussing legal and technical pathways, contractual protection, exclusivity agreements, evidentiary standards and possible regulatory reforms that might enable Colombia to reconcile sensory branding practices with the requirements of trademark law for consideration.
This article examines the legal protection of craftmanship under copyright law, focusing on three authorities: Colombia, the European Union, and the United Kingdom. Craftmanship, positioned at the intersection of art and functionality, embody cultural heritage, individual creativity, and economic potential. However, their hybrid nature poses a significant challenge to intellectual property frameworks, which traditionally separate functional objects (industrial designs) from artistic works (copyright). The analysis demonstrates that Colombia and the European Union offer relatively coherent approaches through the recognition of craftsmanship's as works of applied art, complemented in the EU by unregistered design rights and by institution support in Colombia. Conversely, the United Kingdom, despite including works ofartistic craftsmanship in its Copyright, Designs and Patents Act 1988, lacks a clear statutory definition, leading to fragmented and inconsistent judicial interpretations. The article argues that applied art works constitute the most suitable avenue for safeguarding craftsmanship's, as they capture both functional and artistic dimensions. It concludes with recommendations, stressing the importance of definitional clarity, institutional support, and the adaptation of unregistered design models to for crafts.
This study analyzes the limited effectiveness of border measures in combating the infringement of intellectual property rights in Ecuador, particularly in the field of industrial property and distinctive signs. It examines the applicable national and supranational regulations, highlighting Andean Community Decision 486 and the Organic Code of the Social Economy of Knowledge, Creativity and Innovation (C & oacute;digo de Ingenios), as well as the discrepancies between substantive and procedural norms that hinder the proper enforcement of these measures. A key issue identified is the lack of consensus regarding timelines and procedures for rights holders to file principal actions after customs suspension, which creates uncertainty and weakens protection against illicit trade. Finally, normative reforms are proposed to establish clear stages and deadlines in the border measures procedure, aiming for an effective mechanism that ensures due process and strengthens the protection of intellectual property rights in Ecuador.
Cuba has been experiencing a fertile period for business activity since the emergence of Micro, Small, and Medium-Sized Enterprises (MsMEs) on the economic and legal scene, with the entry into force of Decree-Law 46/2021, which allowed for the creation of limited liability companies. The business boom and the growth of market providers are a factor encouraging the creation, registration, and use of trademarks and other industrial property rights, such as identification media and communication tools. The limited experience in the commercial sphere and the lack of knowledge of how to manage appropriate industrial property strategies or policies for these companies has led to certain irregularities in the practical sphere, particularly in the valuation and contribution of these intangible assets in the area of corporate law. All of this is exacerbated by including foreign investment in the equation. Therefore, it is essential to create clear regulations and strategies for valuing and managing trademarks, in order to boost business development and attract foreign investment.
This article examines the legal challenges posed by Artificial Intelligence-driven behavioral advertising in the European digital law context. It analyzes how this practice affects consumer autonomy, fair competition, and brand visibility, while creating informational bubbles that restrict freedom of choice. In particular, it considers the approach of the European Union's Digital Services Act (DsA), which establishes algorithmic transparency obligations aimed at empowering consumers and promoting fairer competition. Nevertheless, the article concludes that transparency measures alone are not sufficient. It proposes complementing them with "informational enrichment," understood as the obligation for digital platforms to provide both personalized and non-personalized advertising, in order to foster commercial diversity in the digital marketplace. The article also examines the risks generated by a lack of transparency in the context of automated purchasing, highlighting the need to broaden the existing legal framework so as to safeguard not only consumer rights but also the rights of trademark holders who may be adversely affected by such advertising practices in the digital environment.
Las marcas no tradicionales se han consolidado como formas innovadoras para generar distintividad entre los consumidores. Según la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), se distinguen por apelar a sentidos distintos a la vista. Entre ellas las marcas de olor se destacan como emblemáticas para construir identidad y posicionamiento, permitiendo asociar un aroma con un origen empresarial. No obstante, el olor es altamente subjetivo por la variabilidad de la sustancia ante factores climáticos o químicos y por la percepción individual. Pese a su reconocimiento y registrabilidad en múltiples jurisdicciones, en Colombia el registro de estas marcas aún no es una realidad. Este artículo analiza por qué el registro de marcas olfativas en Colombia sigue siendo inviable y cuáles serían los principales retos para su futura implementación, según las exigencias de la normativa vigente y la posición sostenida por la SIC. En paralelo, incorpora trabajo de campo sobre marcas que, por su estrategia sensorial y uso de fragancias distintivas, podrían estar en condiciones de solicitar un registro de marca de olor en el país, y sus implicaciones competitivas y de política pública.
Cuba se encuentra en un período fecundo para la actividad empresarial desde la aparición en el escenario económico-jurídico de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con la entrada en vigor del Decreto-Ley 46/2021, que permitió la creación de sociedades de responsabilidad limitada. El auge empresarial y el crecimiento de oferentes en el mercado es un factor de fomento para la creación, registro, uso de marcas y otros derechos de propiedad industrial, como medios identificadores e instrumentos de comunicación. La poca experiencia en la esfera comercial y el desconocimiento del manejo de adecuadas estrategias o políticas de propiedad industrial para estas empresas ha desatado ciertas irregularidades en el ámbito práctico, particularmente en la valoración y aportación de estos bienes intangibles en la esfera del derecho de sociedades. Todo esto se agrava al incluir en la ecuación el elemento de la inversión extranjera. Por tanto, resulta imprescindible crear regulaciones y estrategias claras para efectuar la valoración y gestión de marcas, en aras de potenciar el desarrollo empresarial y la atracción de inversión extranjera.