
This article explores the two predominant models of transitional justice (TJ) and the way each one may address the two most broad-gauged moments in Mexico that comprise unsolved legacies of human rights violations and the distinctive way in which each one of these moments fit—or not—the conventional model of TJ (CMTJ), or on the contrary, may fit an unconventional model of it (UMTJ). Through such distinction, we vindicate the relevance of shifting from the CMTJ to a more functional approach through unconventional adaptation (UATJ). We illustrate the plausibility of the UMTJ through the case of the 2020 popular referendum, which represented a silver lining for TJ in Mexico. It also introduces a test to determine the applicability of the UMTJ in conflicting societies that need to implement TJ strategies.
En un escenario definido por el avance acelerado de las tecnologías biomédicas, la posibilidad de intervenir en la línea germinal humana no solo introduce desafíos técnicos, sino que abre un horizonte ontológico donde las decisiones clínicas reconfiguran el legado genético de individuos aún no nacidos. En ese contexto, el presente artículo tiene por objetivo analizar críticamente las limitaciones del marco bioético principialista frente a la edición genética mediante CRISPR-Cas9. Los hallazgos evidencian que el principialismo mantiene restricciones estructurales vinculadas a su dependencia de categorías centradas en sujetos presentes, autonomía individual, consentimiento informado y evaluación de riesgos inmediatos. En consecuencia, la irrupción de CRISPR-Cas9 demanda una reformulación bioética que amplíe y reubique ese enfoque dentro de una arquitectura normativa capaz de abordar dilemas transgeneracionales y globalmente distribuidos. A partir de ello, surge la necesidad de avanzar hacia una ética del límite orientada a salvaguardar la autonomía futura y la dignidad de las generaciones venideras.
En un escenario global, marcado por la erosión de la legitimidad institucional y la persistencia de formas estructurales de exclusión, el derecho penal moderno enfrenta crecientes cuestionamientos sobre su capacidad para responder éticamente a la complejidad moral de los sujetos. Este artículo propone una relectura crítica del paradigma penal contemporáneo a partir de una interpretación hermenéutica, ética y narrativa de Crimen y castigo de Fiódor Dostoievski, situando a Raskólnikov como figura emblemática de una subjetividad en crisis, que desafía los fundamentos normativos del castigo. El estudio revela que el conflicto interior del protagonista y su transformación no son resultado de la sanción institucional, sino del proceso narrativo de reconocimiento y alteridad encarnado en la figura de Sonia. Estos hallazgos evidencian las limitaciones del modelo retributivo tradicional y abren la posibilidad de concebir la justicia como un proceso restaurativo basado en el diálogo, la intersubjetividad y la reconstrucción ética del infractor. En consecuencia, se argumenta la urgencia de reformular el derecho penal desde una lógica que priorice el relato compartido, el reconocimiento del otro y la escucha del sufrimiento, superando la lógica punitiva en favor de una justicia humanizante y transformadora.
Among political and legal theories, there is widespread agreement on equality as a normative principle. The present paper’s main argument is constructed as a set, rather than as a system, of isolated positions within the framework of a view of the concepts of justice and equality. The epistemological rejection of foundationalism is accompanied by the methodological priority of politics over philosophy. The central positions derive from the adherence to a pluralistic galaxy of incommensurable values, which function as concurrent variables. The argumentation this paper brings forward is based predominantly on Walzer’s approach and views the principles of justice as pluralistic in form. As such, their distribution depends on different reasons, follows different procedures, and involves multiple agents. The most important political question is, thus, whether we should design and control the distribution of these social goods or allow the distribution to be free and, as such, random. In the first case, the next question is which form of equality suits which good; this decision can lead to results more different from each other than the same adherence or non-adherence to the principle of equality. The paper concludes with an attempt to connect specific, socially important goods to types of distributive justice.
Los estudios de derecho constitucional comparado sobre quién tiene la última palabra en un sistema democrático se han centrado en los modelos de control de constitucionalidad posterior a las leyes. Sin embargo, los modelos de justicia constitucional incorporan algunas formas de revisión previa de constitucionalidad. Este artículo se centra en los casos en los que los jueces hablan primero. Por esa razón, se refiere a los problemas y desafíos que representa para la democracia el control previo de constitucionalidad, sobre todo para ejercerlo y para actuar dialógicamente con los demás poderes del Estado. En especial, se abordan los retos relacionados con la necesidad de imaginar los problemas de constitucionalidad, la falta de participación ciudadana y la inevitable ruptura de la cosa juzgada. Todo esto se estudia en el marco contextual de uno de los sistemas de control previo más activos y sofisticados del mundo, como es el de Colombia.