
La dilatada obra del filósofo y sociólogo escocés Alasdair MacIntyre (1929-2025) que ha visto la luz, ha sido – y es– objeto de numerosos estudios; en especial, en lo concerniente a áreas de investigación en las que su proyección ha sido relevante como es el caso de la filosofía moral. Pero no cabe decir lo mismo de las reflexiones – no siempre articuladas y sistematizadas– que podrían ser susceptibles de englobarse en el ámbito de la «filosofía del derecho». Si bien contamos con numerosas publicaciones de literatura secundaria que han concedido un protagonismo significativo al tratamiento que este autor proyecta sobre el derecho natural – quizás por el hecho de haber visto la luz en gran medida con carácter previo a la publicación de las últimas obras de MacIntyre–, no procede expresarse en esos términos cuando nos referimos al derecho positivo. La tesis que se defiende en esta investigación es la necesidad de proporcionar una adecuada relevancia a la filosofía del derecho en Alasdair MacIntyre, si se desea entender de un modo integral el propósito de su obra. Pero lo novedoso de este planteamiento es que no pretende trazar una reflexión sobre la filosofía del derecho que venga auspiciada por el derecho natural – un área de conocimiento que MacIntyre no deja de considerar como un ámbito propicio para las disputas interminables–, sino que centra su atención en torno al derecho positivo que late en las obras – todavía inexploradas– del MacIntyre maduro.
El debate se centra en el surgimiento de los sistemas de Inteligencia Artificial (IA) y su indispensable interacción con la protección, garantía, prevención y promoción de los derechos humanos. Dado que la proliferación de estos sistemas puede incrementar el riesgo y facilitar vulneraciones masivas de derechos humanos. El estudio establece un diálogo entre ciencia, tecnología, filosofía y derecho, reconociendo su necesaria correlación, pues todos los derechos tienen alguna implicación o dimensión mediada por las nuevas tecnologías. Se intenta orientar la discusión en términos éticos y preventivos, sugiriendo que las implicaciones potencialmente peligrosas de la IA deben ser reconsideradas y la comunidad internacional no puede permanecer al margen de estas interacciones. Ante la coyuntura expuesta, es propuesta la tesis de promover un dinamismo normativo multinivel. Este concepto implica impulsar acciones y respuestas globales para proteger los derechos humanos y abordar los impactos tecnológicos a gran escala. A la par – en diálogo jurisprudencial– es resaltado el papel de la Corte Constitucional colombiana, junto a otros Tribunales, como institución pionera en la limitación del uso de IA en el ámbito judicial, pues la justicia no puede ser una cuestión simple de algoritmos y datos. Se concluye que los «avances» en materia de IA plantean numerosos cuestionamientos, para los cuales no existen respuestas definitivas, salvo que, en la era de la IA, la máxima protección de los derechos humanos debe y, debería seguir siendo, el punto de partida y de llegada.